Servicios Migratorios

Servicios Migratorios
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El Programa de Inmigración y de Refugiados de CWS Harrisonburg recibió reconocimiento de la Junta de Apelación Migratoria en Enero 2006. Desde entonces nuestro personal tiene Acreditación del Tribunal Superior de Justicia para ejercer abogacía migratoria. Nuestro personal de servicio legal ha provisto/dado servicio legal de inmigración a más de 1200 clientes. Ofrecemos aplicaciones y ayuda legal para ciudadanías, permiso de residencia, autorización de empleo, reunificación familiar, y otras solicitudes legales de inmigración. Por favor llame a nuestra consejera de Inmigración, Lucia Canizares, al 540.705.0353 o envíe un correo electrónico a lcanizares@cwsglobal.org para pedir una cita.
A nadie se le denegara el servicio a causa de circunstancias fináncieras.

En caso de venir a la oficina por primera vez, por favor imprima, rellene y entregue una Planilla de Informacion para Servicios de Inmigración. En ingles General Immigration Intake Form y en español Planilla de Informacion para Servicios de Inmigración. Sigue el texto vinculado para las versiones pdf de la planilla anteriormente mencionada.

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Recursos de Información

Sitio web de Servicios Migratorios y de Ciudadanía de los Estados Unidos (USCIS)

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Preguntas Frecuentemente Preguntadas
1. ¿Soy idóneo para la ciudadanía?
Cada caso es diferente. Al momento de solicitar la ciudadanía tiene que reunir los requisitos siguientes: tener por lo menos 18 años, tener un permiso de residencia (green card) por cinco años o tres años en el caso de estar casado y viviendo con un ciudadano de los E.E.U.U., estar físicamente presente en los Estados Unidos por la mitad de los últimos cinco años, aprender inglés e historia de los E.E.U.U.* básicos, y demonstrar buen carácter moral. A causa de la diferencia entre casos y las tantas etapas en el proceso, nosotros sugerimos que usted se ponga en contacto con nuestra Consejera de Inmigracion, Lucia Canizares, al 540.705.0353 o envíe un correo electrónico a lcanizares@cwsglobal.org para pedir una cita.
*Es posible que haya exenciones para el examen de ciudadanía dependiendo de circunstancias personales, vea la pregunta “¿Se puede rendir el examen de ciudadanía en mi primer lenguaje?” para más información.

2. ¿Se puede traer la familia a los Estados Unidos?
Sí. De nuevo, depende del caso. Ciudadanos pueden reclamar hermanos, padres, su cónyuge, y sus hijos. Residentes permanentes (poseedor de permiso de residencia) solamente pueden reclamar su cónyuge e hijos solteros. Este proceso se inicia con la forma I-130 (Peticion de Familiar Extranjero) que se encuentra en el sitio web de USCIS y es un servicio ofrecido por CWS.
Refugiados y asilados pueden traer su cónyuge y sus hijos solteros menor de 21. Este proceso se inicia con la forma I-730.

3. ¿Se puede modificar el estatus legal en los Estados Unidos?
Sí. Este es otro servicio dado por CWS y este proceso supone la forma I-485 que se encuentra en el sitio de web de USCIS; pero no aplica para todos los casos; por eso debe realizar una consulta para ver si califica.
4. ¿Se puede rendir el examen de ciudadanía en mi primer lenguaje?
Dependiendo del caso, sí. Si usted es residente permanente (poseedor de permiso de residencia) tiene 50 años y ha residido en los Estados Unidos de forma legal por 20 años al momento de solicitar la naturalización o quien tenga 55 años y haya residido en los Estados Unidos de forma legal por 15 años al momento de solicitar la naturalización; le será permitido rendir el examen de ciudadanía en su primer lenguaje.
Si usted tiene por lo menos 65 años, y ha residido en los Estados Unidos por 20 años de forma legal al momento de solicitar la naturalización, usted pueda rendir una versión simplificada del examen en su lengua materna.
Si usted o alguien que usted conozca esté pensando en rendir el examen de ciudadanía y tiene problemas de salud mental o de memoria, a causa de envejecer u otras razones, usted puede entregar la forma N-648 (Permiso Médico) para ser exento del examen de ciudadanía. La forma se encuentra en el sitio web de USCIS y en CWS le podemos asistir contactando a los Medicos autorizados a completarla.
Por favor no dude en llamar a nuestra oficina si usted tiene otras preguntas. Llame a Lucia Canizares al 540.705.0353 o envíe un correo electrónico a lcanizares@cwsglobal.org.

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¿Necesita ayuda en otro lenguaje?
We speak English, ask for anybody on the CWS staff at 540.705.0353.
Nosotros hablamos Español, pregunta por Lucia o Jim 540.705.0353.
Nous parlons Français, demandez a Lucia, David, ou Sarah 540.705.0353.
Mnasema Kiswahili, ukitaka David 540.705.1273.
Говорите по-русски, звоните Надежде 540.217.4602.
نحن لدينا موظفين يتحدثون باللغة العربية والكردية ويمكنكم ان تسالوا ارسلان سيان على هاتفنا ٧٩٤٢-٤٣٣-٥٤٠
540-246-0843
ትግርኛ ንዛረቢና፣ ን ፍረይ ጠየቑ 504.689.0202
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